Comenzaran a dictar sentencias sobre los medios de defensa pendientes promovidos en contra de tópicos de la reforma 2014
IDCONLINE
Por Joyce Pasantes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación levantó el aplazamiento decretado en el Acuerdo General Plenario 11/2015 del 10 de agosto de 2015, hecho en forma parcial mediante el diverso 12/2016 del 15 de noviembre de 2016, del dictado de la resolución de los amparos en revisión en los que subsista el problema de constitucionalidad de los artículos:
- 74 (régimen sector primario); 75 (obligaciones por cuenta de los integrantes); 96 (retención del ISR); 111, 112, 113 (cuestiones vinculadas con el RIF); 129 (ganancia por venta de acciones en bolsa); 151, fracción IV y último párrafo (intereses hipotecarios y límite a las deducciones personales); 152 (cálculo del ISR anual); 161 (venta de acciones) y Noveno Transitorio, fracción II de la LISR, vigente desde el 1o. de enero de 2014
- 25, fracciones VI (deducción de cuotas al IMSS) y X (fondos de pensiones o jubilaciones); 27, fracción XI (previsión social); 28, fracciones I, párrafo primero (no deducción de aportaciones al IMSS, excepto las pagadas) y XXX (tope deducción de la nómina); y 39, último párrafo del referido ordenamiento (revaluación de los inventarios) respecto de los temas no abordados en las tesis jurisprudenciales de la 180/2016 (10a.) a la 189/2016 (10a.), salvo los referentes al último párrafo del citado artículo 28, y del Decreto que otorga estímulos fiscales a la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación del 26 de diciembre de 2013 los que podrán ser resueltos una vez que la Segunda Sala de Corte emita el o los criterios respectivos
No obstante continúa el aplazamiento dispuesto en el citado Acuerdo General Plenario 11/2015, en los juicios en los que se hizo valer la inconstitucionalidad del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LIVA, LIESPS, LFD, se expide la LISR, se abrogan la LIETU y la LIDE, publicado en el DOF del 11 de diciembre de 2013, con excepción de los temas indicados, así como del diverso 12/2016.
Lo anterior, de conformidad con el Acuerdo General 2/2017 del 16 de marzo de 2017 del Pleno de la SCJN, publicado en el DOF el 23 de ese mismo mes y año.